La Presidencia de Ecuador remitió, este martes 29 de julio de 2025, a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, con carácter económico urgente.

La iniciativa busca establecer un marco legal para supervisar la gestión financiera de organizaciones de la sociedad civil, incluyendo fundaciones, corporaciones, ONGs, organizaciones comunitarias y entidades sin fines de lucro, tanto nacionales como extranjeras.

El proyecto de Ley parte del reconocimiento de que algunas de estas organizaciones podrían estar expuestas directa o indirectamente a flujos de dinero ilícito.

La propuesta normativa plantea tres ejes principales:

  1. Establecer normativas claras que definan los requisitos de registro, operación y supervisión para estas entidades de la sociedad civil, como fundaciones u ONGs. 
  2. Exigir a todas las organizaciones sociales la aplicación de procesos para identificar a sus donantes y beneficiarios finales, especialmente en transacciones de alto valor.
  3. Adoptar políticas de transparencia y mecanismos de control que permita un monitoreo de las transacciones y la identificación de patrones sospechosos.
    Ecuador tendrá plataforma para rastrear el lavado de activos 
    Además, se propone que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria sea la encargada de la vigilancia, auditoría, intervención y control de estas organizaciones de la sociedad civil.

También se plantea una coordinación con organismos como la UAFE (Unidad de Análisis Financiero y Económico) y el SRI, a fin de detectar posibles «flujos ilícitos que podrían alimentar y sostener a organizaciones de la sociedad civil».

«Este proyecto de Ley busca fortalecer la integridad en la recepción, manejo y gestión de recursos financieros para prevenir el lavado de activos, el financiamiento de la delincuencia organizada, la corrupción y el uso indebido de fondos públicos o privados», detalla el documento remitido a la Asamblea.

El proyecto también contempla lo siguiente:

Las organizaciones de la sociedad civil, fundaciones, ONGs, están obligadas a proporcionar información clara, veraz, accesible y oportuna sobre su estructura organizativa, fuentes de financiamiento, proyectos y resultados.
Además, deberán establecer mecanismos internos y externos de rendición de cuentas.
Deberán establecer mecanismos de control que prevengan el uso indebido de los fondos como auditorías internas y externas, registro de las transacciones y reportes periódicos sobre el uso de fondos.
Deberán presentar anualmente un informe público de gestión y uso de recursos que incluya el detalle de ingresos y egresos, proyectos ejecutados y sus beneficiarios.
Estas organizaciones deberán registrarse en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales, que se encuentra bajo la administración del Ministerio de Gobierno. Este registro será fundamental para poder realizar sus actividades en el territorio ecuatoriano.
Como este proyecto de Ley fue remitido con carácter económico urgente, la Asamblea Nacional debe tratarlo en un plazo máximo de 30 días. 
Fuente Teleamazonas

Por Yazmín Bustán

Feminista. Trabajando en visibilizar el trabajo que hacemos las mujeres,

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *