Desde que se posesionara el pasado 24 de mayo, el Gobierno de Daniel Noboa ha adoptado varias medidas tributarias, unas a través de las Leyes aprobadas en la Asamblea y otras directamente a través del Servicio de Rentas Internas (SRI), cuyo mensaje ha sido: vamos a fiscalizar para evitar abusos.
Como parte de la Ley Orgánica de Integridad Púbica, aprobada el 24 de junio, se puso en vigencia una nueva amnistía tributaria o perdón de intereses, multas, recargos y costas judiciales para todos quienes tengan deudas con el Estado y las paguen hasta el 31 de diciembre.
La amnistía es generosísima, explica el analista Napoleón Santamaría; aplica no solo para los contribuyentes que adeudan Impuesto a la Renta o IVA. “Abrieron una puerta gigante” al incluir también a los siguientes beneficiarios:
A quienes le adeuden al SRI por impuestos al patrimonio y a la herencia.A los que retuvieron IVA o Impuesto a la Renta, pero no los transfirieron al SRI.A quienes no han regularizado correctamente sus activos en el exterior, según lo dispuso la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal.A los contribuyentes que estén procesados penalmente por defraudación.A quienes enfrenten un proceso de coactiva; es decir, cuando el contribuyente ya ha perdido todos los juicios y está ‘coaccionado’ a pagar.
“Es la cuarta amnistía en ocho años; se está instalando un concepto de incultura tributaria cto noy, por tanto, hay un efecivo”; además, según Santamaría, la potencia recaudadora de la medida será mínima: unos 100 millones de dólares.
El SRI ha adoptado, entre tanto, al menos cuatro medidas para fiscalizar la recaudación de impuestos y atacar los abusos o debilidades en la declaración de estas obligaciones:
1. Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
Para entender los cobros del ISD que notificó el SRI a varios contribuyentes en junio, Santamaría pone un ejemplo sencillo: “si tenías solo una tarjeta de crédito y consumiste en el exterior más de 5.109,79 dólares, el banco ya te retuvo el ISD; pero si tenías dos tarjetas, y con cada una consumiste menos de 5.109,79, no te retuvieron nada, aunque sumados los gastos de ambas tarjetas se haya excedido ese monto”.
Lo que ha hecho el SRI es consolidar la información de los consumos realizados en el exterior por cada contribuyente –sea persona natural o empresa- y proceder al cobro que no se hizo por la falta de cruce de información, sin cargar multas ni intereses; “el cobro no es por tarjeta sino por persona”, resalta el tributarista.
Desde este punto de vista, se ha corregido una debilidad en la gestión tributaria. El proceso abarcó los años 2022 y 2023, cuando el monto exento de ISD se ubicó en 5.109,79 y la tarifa de ISD osciló entre 3,50% y 4,75% sobre cada transacción.
Con este antecedente, afirma Juan David Espinosa, docente de la Escuela de Negocios de la Universidad Internacional (UIDE), “la recomendación es llevar un control de todos los gastos en el exterior y estar pendientes de lo que el banco cargue y retenga”.
2. Traspaso o venta de acciones
En el Ecuador no existe un mercado de valores desarrollado y se desconoce la importancia de la ganancia sobre el capital. Ambas realidades, sostiene Napoleón Santamaría, están detrás de casos como estos: “alguien se está divorciando y traspasa todas las acciones de su negocio a un familiar para no repartirlas con el cónyuge; o el papá que pone sus acciones a nombre de los hijos”.
También ocurre, según Freddy Cevallos, socio de la consultora UHY, que “los dueños de una compañía quieren vender sus acciones y para fijar su valor, en los documentos que presentan a las autoridades, utilizan como referencia el capital social -aporte inicial para crear la empresa- en lugar del patrimonio, que es la riqueza acumulada”.
A partir del 2014, los contribuyentes deben declarar y pagar el Impuesto a la Renta Única sobre las utilidades generadas por la venta de acciones, que es del 10%. Y existe, según el SRI, “un universo potencial de 6.000 contribuyentes que aún no han declarado este impuesto, que podría generar una recaudación de 50 millones de dólares en este año”.
3. Arriendo de bienes inmuebles
Cuando una persona arrienda uno o varios bienes inmuebles, para vivienda o actividades de comercio, tiene que pagar Impuesto a la Renta cuando esos ingresos sobrepasen la base imponible fijada por el SRI: 11.902 dólares para el 2024 y 12.081 para este año.
Ese impuesto puede reducirse cuando el contribuyente justifique gastos relacionados con el inmueble: mantenimiento, pago de servicios básicos, primas de seguros o intereses de la deuda que se contrajo para adquirir o mejorar este bien.
“Muchos abusaron: reportaban ingresos por 150 mil dólares y querían deducir gastos por 200 mil”, afirma Santamaría. Según el SRI, el control está enfocado a 1.500 contribuyentes que “utilizan supuestas deducciones para reducir el impuesto o, incluso, no generarlo”.
El SRI detectó este patrón en las declaraciones que corresponden al 2024; el impacto sobre la recaudación: cinco millones de dólares.
4. Sociedades de Acciones Simplificadas (SAS)
También se ha abusado de la figura de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) para evadir impuestos, reportar operaciones ficticias o simular actividades económicas, informó el SRI.
La figura se aprobó para facilitar la creación de emprendimientos; en cinco años, se han registrado más de 69 mil SAS en todo el país. La autoridad ha detectado que alrededor de 800 declararon ingresos sujetos a impuestos menores a los que realmente tuvieron durante el 2022 y el 2023. El impacto: 4 millones de dólares en defraudación.
Según el SRI, también hay profesionales que tributaban como personas naturales y que constituyeron una SAS para beneficiarse de una menor tarifa de Impuesto a la Renta.
Las acciones del SRI no son equivocadas, coinciden los analistas; es correcto mejorar la gestión tributaria.
Sin embargo, recalcan, el país requiere una reforma más profunda, que tenga al menos tres pilares: ampliar la base de contribuyentes, atacar la evasión fiscal a gran escala –estimada en unos 7.700 millones de dólares, según la Cepal- y aprovechar el fortalecimiento de la UAFE (Unidad de Análisis Financiero y Económico).
“La UAFE tiene toda la capacidad para poder sitiar y rastrear todo esquema de movimiento de dinero; debe aprovecharlo para también buscar ahí la parte impositiva”, afirma Cevallos.
Para Espinoza, lo visto hasta ahora son “medidas parche que intentan sacar del aprieto” a un Estado con enormes necesidades de financiamiento; “si contrastamos su efecto con lo que se necesita para cubrir el déficit de este año -alrededor de 5.000 millones de dólares-, vemos que es irrisorio”.
Fuente Vistazo